El espíritu del cooperativismo se define como una respuesta socio-económica para satisfacer de manera conjunta las necesidades. Cuando las necesidades no se pueden satisfacer de manera individual se requiere de la solidaridad y ayuda mutua. La definición universal, impulsada por la ACI, Naciones Unidas y OIT es la siguiente: “Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada”.

La definición se encuentra apoyada por un conjunto de principios y valores que contribuyen a la consecución de los objetivos y tomas de decisiones al interno de la cooperativa.

Los valores cooperativos son los siguientes:
  • Ayuda Mutua que conlleva al reforzamiento de los valores del grupo, trabajo conjunto y responsabilidad mutua.
  • Responsabilidad Propia que implica el compromiso del asociado para con la cooperativa. Se promueve el valor de la responsabilidad personal.
  • Democracia concebida como una necesidad para la participación, compromiso y responsabilidad. La democracia permite la gobernabilidad.
  • Igualdad entre los asociados sean personas jurídicas o naturales, sin diferencia de género o condición.
  • Equidad en el trato a los miembros de la cooperativa y la retribución.
  • Solidaridad debido a que en una cooperativa se comparten los valores del grupo y la unión.
  • Honestidad como base para la prosperidad. 
  • Trasparencia determinante para la rendición de cuentas. 
  • Responsabilidad Social debido a que las cooperativas tienen un compromiso con su entorno y el ámbito ecológico en el que operan. 
  • Preocupación por los demás completa el conjunto de valores éticos que caracterizan las relaciones que mantienen las cooperativas dentro de sus entornos socio-económicos y culturales 
Además las cooperativas se rigen por siete principios a mencionar: 
  1. Membresía abierta y voluntaria: Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa. 
  2. Control democrático de los miembros: Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. En las cooperativas primarias los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), y en las cooperativas de otros grados también se organizan bajo procedimientos democráticos. 
  3. Participación económica de los miembros: Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos, una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. 
  4. Autonomía e independencia: Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.
  5. Educación, formación e información: Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Los miembros de las cooperativas también informan al público en general acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
  6. Cooperación entre cooperativas: Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales. 
  7. Compromiso con la comunidad: Orientadas hacia las necesidades de los miembros, las cooperativas trabajan para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas y programas aprobados por los propios miembros.



Hay numerosos tipos de cooperativas, pero los más frecuentes son los siguientes: 
  • Cooperativas de producción: cooperativas primarias y orientadas a actividades productivas principalmente en sectores agrícola, forestal, pesquero, industrial y artesanal. 
  • Uniones de crédito o cooperativas de ahorro y crédito: operantes en el sector financiero mediante el ahorro de los miembros; y la creación de fondos destinados a otorgar créditos para la producción. 
  • Cooperativas de consumo: procura y distribuye bienes y servicios a los miembros, y no miembros. 
  • Cooperativas de servicios: procura a la comunidad servicios como seguros, vivienda, trabajo, electricidad, servicios de agua potable y otros. 
  • Cooperativas de trabajadores: propiedad de todos o algunos de los trabajadores de las cooperativas. Dependiendo del capital inicial, pueden ofrecer a los trabajadores la posibilidad de crear oportunidades empresariales con muy poca inversión financiera. 
  • Cooperativas multiactivas: combinan dos o más actividades de negocios de diferentes tipos de cooperativas. 
  • Cooperativas mixtas: junta diferentes tipos de miembros y puede incluir personas naturales, autoridades de gobierno y asociaciones empresariales.
Por otro lado, los grados ayudan a entender las alianzas. Los grados y tipos más frecuentes son: 
  1. Primer grado: también conocidas como primarias (empresas individuales) relacionadas como actividades, mayormente productivas y de servicios. 
  2. Segundo grado: unidas para alcanzar objetivos comunes como las cooperativas de compradores y central de cooperativas agrarias (local, provincial, regional). 
  3. Tercer grado: organizaciones o alianzas de segundo grado como las federaciones. 
  4. Cuarto grado: instituciones cooperativas internacionales que promueven el cooperativismo a nivel global como es el caso de ACI.
Finalmente el acto cooperativo es el pilar de la legislación cooperativa y regula las operaciones de las cooperativas y sus miembros.

Extracto del artículo "Las cooperativas una alternativa para el desarrollo empresarial peruano", publicado originalmente en la revista Diario del Exportador Nº 005.

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